jueves, 2 de julio de 2026

Polibio, las tribus y el voto de la diosa, Homenaje a Domingo Plácido, vol.I, Libros Pórtico, Zaragoza, 137-150. By Joaquín Muñiz Coello

https://www.academia.edu/35131809/Polibio_las_tribus_y_el_voto_de_la_diosa_Homenaje_a_Domingo_Pl%C3%A1cido_vol_I_Libros_P%C3%B3rtico_Zaragoza_137_150?rhid=41139863440&swp=rr-rw-wc-642592&nav_from=36a85158-0ee3-4189-baaf-92f2521ece27 Tras enumerar las atribuciones que la constitución romana daba a los cón-sules y al senado, el historiador Polibio, en el libro Vi de su Historia universal, pasa a tratar las competencias políticas del pueblo. Éstas se describen en el capítulo catorce, a su vez articulado en once párrafos, de los que excepto los tres primeros todos hablan del papel de los ciudadanos en aquel ordenamiento republicano. Así, el pueblo se erige como árbitro entre poderes, es la institu-ción que distribuye recompensas y ordena castigos, decide con su voto la apro-bación o no de las leyes y resulta pieza clave para decidir asuntos graves, como la conveniencia de la paz o la guerra. Pero al historiador de Megalópolis lo que sobre todo le atrae del pueblo son sus competencias como tribunal de justicia. A ello dedica los tres párrafos más largos de aquel capítulo, de los cuales interesa aquí el situado en séptimo lugar, cuya traducción del texto griego no presenta especiales diferencias en las versiones utilizadas. (Después de señalar que la pena de muerte compete sólo al pueblo) " en tales ocasiones rige entre ellos una ley consuetudinaria muy digna de elogio y de recuerdo: cuando alguien es juzgado y condenado a muerte, la costumbre le permite exiliarse a la vista de todo el mundo e irse a un destierro voluntario, a condición de que de las tribus que emiten la sentencia, una se abstenga y no vote ". el párrafo siguiente continúa indicando que los que se exilian de esta forma, gozan de seguridad en nápoles, Preneste, Tibur y otras ciudades de es-tatuto confederado 1. 1 καὶ γίνεταί τι περὶ ταύτην τὴν χρείαν παρ̕ αὐτοῖς ἄξιον ἐπαίνου καὶ μνήμης. τοῖς γὰρ θα-νάτου κρινομένοις, ἐπὰν καταδικάζωνται, δίδωσι τὴν ἐξουσίαν τὸ παρ̕ αὐτοῖς ἔθος ἀπαλλάττε-σθαι φανερῶς, κἂν ἔτι μία λείπηται φυλὴ τῶν ἐπικυρουσῶν τὴν κρίσιν ἀψηφοφόρητος, ἑκούσιον ἑαυτοῦ κατα γνόντα φυγαδείαν (Pol. vi.14.7). Seguimos la traducción de M. Balasch Recort, Polibio. Historias. Libros V-XV, Gredos, Madrid, 1981, 172. " As regards the latter they have a practice which is praiseworthy and should be mentioned. Their usage allows those on trial for their lives when found guilty liberty to depart openly, thus inflicting voluntary exile on themselves, ...

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